
A finales del siglo XIX, una pequeña noticia aparecida en varios periódicos nacionales llamó la atención sobre Pinto. Apenas ocupaba unas líneas, pero escondía un hecho poco habitual para la época. El diario El Siglo Futuro la publicó el 22 de mayo de 1891; un día después hizo lo propio El Estandarte, y el 24 de mayo también apareció en La Opinión:

A simple vista podría parecer una noticia menor relacionada con cuestiones religiosas, pero su significado va mucho más allá. Pinto había recibido una autorización especial de Roma para alterar el orden habitual de una de las celebraciones más importantes del calendario católico.
Para comprender la importancia de esta concesión hay que situarse en la España de 1891. El Corpus Christi no era una festividad cualquiera; era una de las solemnidades más relevantes del año. Las calles se adornaban para la ocasión, participaban las autoridades locales, las asociaciones religiosas, escolares y vecinos, y la procesión constituía uno de los acontecimientos sociales y religiosos más destacados de la vida municipal.
Las normas litúrgicas de la Iglesia, conocidas como «rúbricas», establecían de manera precisa cómo debían celebrarse estos actos. Lo habitual era que la procesión del Corpus se realizara inmediatamente después de la misa solemne de la mañana. Alterar ese orden no era una decisión que pudiera adoptar una parroquia por iniciativa propia.
Por ello, la expresión «ha obtenido privilegio de Su Santidad» tiene una importancia especial. No se trataba de un privilegio en el sentido moderno de la palabra, sino de una dispensa o autorización excepcional concedida por la Santa Sede. En otras palabras: Pinto había solicitado permiso para apartarse de la norma establecida y Roma había dado su aprobación.
En aquel momento ocupaba el pontificado León XIII, una figura especialmente relevante de finales del siglo XIX. Durante su mandato impulsó importantes reformas y abrió nuevas líneas de pensamiento dentro de la Iglesia. Precisamente ese mismo año publicaría la encíclica Rerum Novarum, considerada uno de los textos fundamentales de la doctrina social católica.

La gran incógnita es conocer por qué Pinto solicitó aquella autorización. La noticia periodística no lo explica, pero pueden plantearse diversas posibilidades: facilitar la asistencia de los vecinos, evitar las altas temperaturas del mes de junio o responder a circunstancias organizativas concretas de la localidad. Lo verdaderamente significativo es que existió una petición formal y que esta llegó a obtener el visto bueno de Roma.
Resulta llamativo además que una cuestión aparentemente local fuese reproducida por distintos periódicos nacionales en apenas unos días. Ello indica que la concesión era considerada un hecho digno de mención y poco habitual.
Más de un siglo después, aquellas escasas líneas publicadas en la prensa permiten asomarse a la vida cotidiana del Pinto de finales del XIX y muestran una realidad que a menudo pasa desapercibida: la intensa importancia que tenían las celebraciones religiosas en la vida municipal. Lo que parecía una simple modificación horaria era, en realidad, una excepción concedida desde la máxima autoridad de la Iglesia.
Quizá en algún archivo parroquial o diocesano permanezca todavía el documento que explique el motivo exacto de aquella solicitud. Si algún día apareciera, ayudaría a completar una pequeña pero curiosa historia: la ocasión en que Pinto consiguió del Papa permiso para cambiar una tradición secular.



